Esperar un hijo es una etapa especial en la vida de toda mujer. Entendemos que en este momento vas a vivir muchas experiencias nuevas y también vas a necesitar muchos más cuidados. Por eso, queremos acompañarte y que cuentes con toda la información que puede llegar a ser de utilidad para vos.
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| ¿En qué consiste? |
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El Plan Materno Infantil consiste en la cobertura al 100% de vacunas, productos de ortopedia y medicamentos indicados por médicos para las mujeres - durante el embarazo y hasta los 30 días posteriores al parto - y para el bebé durante el primer año de vida. No se encuentran incluidos dentro de esta cobertura los preparados y medicamentos de venta libre. |
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| ¿Cuáles son los requisitos necesarios para poder acceder al plan? |
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Para poder utilizar los beneficios del Plan Materno Infantil es necesario que presentes, en cualquiera de nuestras sucursales o a través de los buzones de Gestión Ágil, el certificado de embarazo expedido por el obstetra. |
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| ¿Cambia la credencial durante el PMI? |
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En el momento en que presentes el certificado de embarazo, y en forma inmediata, te entregarán una credencial provisoria de papel con la sigla MI que será reemplazada por otra definitiva. La nueva credencial te habilita la cobertura al 100% en la atención especializada de todas las etapas del embarazo y el parto, en los institutos y con los médicos de cartilla. |
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Además de los servicios de maternidad, OSDE te brinda cobertura en cremas para el cuidado de la piel utilizadas en esta etapa. Te invitamos a contactarte por teléfono, por mail o personal-mente para conocer la marca comercial de la crema y las condiciones de este beneficio. |
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| ¿Cómo tramito el alta de mi bebé en OSDE? |
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Durante el primer mes de vida del bebé, para brindarle la cobertura, podrás utilizar tu credencial. A partir del nacimiento, contás con 30 días para gestionar su alta e informar el número de documento y así obtener su propia credencial. La cuota del recién nacido se abonará a partir del día de su nacimiento. |
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| ¿Los beneficios me corresponden si elijo un profesional que no pertenece a la cartilla? |
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Sí, los beneficios del PMI corresponden a todas las mujeres embarazadas y bebés asociados a OSDE. Si elegís atenderte con un médico particular, el reintegro de los honorarios estará sujeto al monto establecido por tu plan. Podrás acceder en forma directa a los medicamentos y estudios que el médico te recete, en los centros de diagnóstico y farmacias de tu cartilla. |
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El Plan Materno Infantil (PMI) implementado por OSDE reúne las características generales de provisión de servicios asistenciales definidos en su Plan Médico Asistencial (PMA) y respeta los principios de libre elección profesional, amplia disponibilidad de recursos y ágil acceso a las prestaciones necesarias para la mujer emba-razada o puérpera y el recién nacido. |
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| Si estás asociada a OSDE a través de una empresa, es importante que tengas en cuenta los siguientes aspectos: |
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| Licencia por Maternidad |
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Al estar asociada por empresa, deberás notificar a tu empleador, a través del certificado médico expedido por tu obstetra, la fecha probable de parto. |

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En caso de que la empresa sólo abone los aportes de ley, será necesario que informes a OSDE el inicio de la licencia por maternidad a través de una carta. Allí deberá constar tu nombre y apellido, DNI, número de socia, la fecha de inicio y finalización de la licencia y tu firma. Durante este período continuarás abonando la misma diferencia de cuota. |
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Si la empresa es responsable del pago del valor total de la cuota deberá notificar a OSDE el inicio de la licencia por maternidad a través de una carta firmada por el responsable a cargo, con la razón social y el CUIT de la empresa, tu nombre, apellido, DNI y la fecha de inicio y finalización de la licencia. |
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| Excedencia |
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Si la empresa sólo abona los aportes de ley, deberás notificar a OSDE que deseás hacer uso del beneficio de excedencia que otorga la Ley de Contrato de Trabajo a través de una carta, con tu nombre, apellido, DNI, número de socia, la fecha de inicio y finalización de la excedencia y tu firma. Deberás, además, informar quién será responsable de abonar el valor total de la cuota durante este período. |

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Si la empresa es responsable del pago del valor total de la cuota deberá notificar a OSDE que deseás hacer uso del beneficio de excedencia otorgado por la Ley de Contrato de Trabajo, a través de una carta firmada por el responsable a cargo, con la razón social y el CUIT de la empresa, tu nombre, apellido, DNI y la fecha de inicio y finalización de la licencia. Deberá, además, informar quién será responsable de abonar el valor total de la cuota durante este período. |
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| Ante cualquier consulta, no dudes en comunicarte con nosotros acercándote a nuestros Centros de Atención
Personalizada, llamando al 0 810 555 6733 (OSDE), de 9 a 20 hs, o enviando un mail a contacto@osde.com.ar
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| Existen prestaciones obligatorias de cobertura médico asistencial, infórmese de los términos y alcances del Programa Médico Obligatorio en la siguiente dirección de Internet www.buenosaires.gov.ar |
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